CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CULTURAL “AMIGOS DE LA MÚSICA” DE PEGALAJAR.
Dª Nieves Rodríguez Herrera, presidenta de la Asociación Cultural Amigos de la Música de Pegalajar, en base a lo establecido en los artículos 11, 15 y 19 de los estatutos vigentes que obligan a que cada cuatro años se renueve la Junta directiva CONVOCA ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Los cargos que deben se renovados son los siguientes:
• PRESIDENTE
• VICEPRESIDENTE
• TESORERO
• SECRETARIO
• VOCALES
La elección se celebrará en la Asamblea General Extraordinaria que tendrá lugar en Pegalajar el día 2 de abril de 2017 en nuesto local de ensayo, y una vez concluida la Asamblea General Ordinaria, cuya hora de comienzo será a las 18.30 h en primera convocatoria y 19,00 h en segunda, cuyo Orden del Día consistirá en:
1. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.
2. * Modificación parcial de los estatutos y aprobación en su caso, de los siguientes puntos:
– Creación de la Sección Juvenil.
– ElecciónJunta Directiva ( artículo 15,16,17)
– Ámbito de actuación ( artículo 4).
– Plazo convocatoria Asamblea General Ordinaria( artículo 10).
3. Aprobación, en su caso, del acuerdo de pago en relación con los trajes de las nuevas incorporaciones a la Banda de Música.
4. Elección, en su caso, de Junta Directiva de la Sección Juvenil.
5. ** Nombramiento, ceses y/o renovación de cargos de la Junta Directiva de la Asociación.
Os animamos a todos los socios y socias a participar y a que presentéis vuestra candidatura en lista para todos los cargos y vocalías.
* MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN:
Dichas modificaciones se proponen en los siguientes términos:
• Creación de la Sección Juvenil, dentro de la asociación cultural,como un espacio propio donde se fomente y promueva la participación de los más jóvenes ( 14 y 30 años), se trata de dotales de mayor presencia, para que se sientan como lo que realmente son: auténticos protagonistas del devenir de nuestra Asociación.
• Elección Junta Directiva.Esta propuesta de modificación de los estatutos pretenden actualizar y perfeccionar las normas electorales de la asociación, regulando las distintas posibilidades que se pueden presentar en un proceso electoral, dotándolo de mayor seguridad jurídica.
• Ámbito de actuación: Se propone cambiar el actual ámbito de acción de la asociación que es “nacional” y adaptarlo al ámbito territorial que le es propio, la “comunidad autónoma de Andalucía”
• Plazo convocatoria Asamblea General Ordinaria.Se propone ampliar el plazo imperativo de convocatoria de la Asamblea General Ordinaria de “ en el mes de enero de cada año” por “ en el primer trimestre del año”, con el fin de adaptarlo a la realidad.
• Se hará llegar, mediante correo electrónico, la documentación e información, sobre los cambios propuestos para los Estatutos necesaria para la adopción de dichos acuerdos de cambio, a aquel socio que lo solicite con una antelación mínima de cinco días a la celebración de la Asamblea.
**ELECCIONES DE NUEVA JUNTA DIRECTIVA,
Para la elección de todos los cargos, por cese, de la Junta Directiva, por el transcurso del periodo de su mandato (Art. 15 de los estatutos de la asociación ): Presidente/a, Vicepresidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y Vocales. Se transcriben a continuación algunos artículos de los Estatutos para que sean tenidos en cuenta a la hora de presentar las distintas candidaturas.
Artículo 15.Junta Directiva. Composición y duración.
La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno, representación y administración de la Asociación,sinperjuicio de las potestades de la Asamblea General como órgano soberano. Está compuesta por un mínimo de tres y un máximo de diez miembros. Su duración será de cuatro años pudiendo ser sus miembros reelegidos indefinidamente.
Artículo 16. De los cargos.
De entre los miembros de la Junta Directiva se procederá a la elección de los cargos de esta, los cuales serán : Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales. El ejercicio del cargo será personal, por lo tanto no podrá delegarse el voto en las sesiones de la Junta Directiva.
Artículo 17. Elección.
Para ser miembro de la Junta Directiva serán requisitos imprescindibles ser mayor de edad, estar en condición de socio de la asociación , estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. Además, la persona, que sea o haya sido cargo electo de cualquiera de las administraciones o entidades publicas, en ninguno de los casos, podrá presentarse ni ser elegido como miembro de la Junta Directiva.
Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos, entre los socios, en Asamblea General Extraordinaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de los Estatutos.
Convocada Asamblea General para la designación de la Junta Directiva, los socios que pretendan ejercer su derecho a ser elegidos habrán de presentar su candidatura en el momento que se llegue al punto elección de cargos de la Junta Directiva.
Producida una vacante, provicionalmente, la Junta Directiva podrá designar a otro miembro de la Junta Directiva para su sustitución, hasta que se produzca la elección del vocal correspondiente por la Asamblea General en la primera sesión que se convoque.